Heinsohn

[vc_row][vc_column][vc_custom_heading text=”Revolución: F. Cambio rápido y profundo de cualquier cosa” font_container=”tag:h1|font_size:22px|text_align:left|color:%23000000|line_height:24px” use_theme_fonts=”yes”][vc_column_text]El crecimiento anual de los Fondos de Inversión Colectiva en Colombia ha sido rápido y profundo. Año tras año esta herramienta se ha convertido en una opción de inversión atractiva, aumentando su base de inversionistas y los activos manejados.

Una industria que crece a una tasa promedio del 15% durante los últimos 5 años se le puede catalogar de revolucionaria. Además, esta herramienta se ha convertido en el vehículo para que las personas naturales rentabilicen sus ahorros: según la Superfinanciera, durante 2018 el número de inversiones del sector retail aumentó un 48%.[/vc_column_text][vc_custom_heading text=”La Ley de Financiamiento, ¿un vehículo para perpetuar su revolución?” font_container=”tag:h1|font_size:22px|text_align:left|color:%23000000|line_height:24px” use_theme_fonts=”yes”][vc_column_text]La Ley de Financiamiento involucra a los Fondos de Inversión Colectiva en varios artículos, modificando o perpetuando su participación tributaria de la siguiente manera:

  • Exceptúa del impuesto del IVA a las comisiones percibidas por las sociedades fiduciarias y comisionistas de bolsa por la administración de dichos fondos.
  • La disposición de recursos para operaciones realizadas por Fondos de Inversión Colectiva está exenta del Gravamen a los Movimientos Financieros.
  • Los Fondos de Inversión Colectiva manejados por entidades autorizadas por la Superfinanciera, estarán exentos del impuesto de renta y complementarios.
  • La realización de las rentas para los beneficiarios del fondo, solo se difieren al momento de la distribución de las utilidades, en los siguientes casos:
    • Si las participaciones del fondo se negocian en una bolsa de valores vigilada por la Superfinanciera. O, en caso de que:
    • No más del 50% del fondo sea poseído de manera directa o indirecta por una misma persona, grupo inversionista vinculado económicamente o miembros de una misma familia hasta un cuarto grado de consanguinidad.
    • Que ninguno de los beneficiaros efectivos del fondo, grupo inversionista o grupo familiar tenga control sobre las distribuciones del mismo.

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